REQUISITOS PARA LA EXPEDICIÓN DE PASAPORTES POR PRIMERA VEZ A MENORES DE EDAD ADOPTADOS POR MEXICANOS ADOPCIÓN PLENA.

 

1. La persona menor de edad deberá acudir personalmente ante cualquier Delegación de la SRE u Oficina de Enlace Estatal o Municipal con la SRE con cita previa.

2. La solicitud de pasaporte será generada por la Delegación u Oficina de Enlace con la SRE durante el proceso del trámite.

3. Acreditar la nacionalidad mexicana mediante la entrega de los siguientes documentos:

a. Copia certificada del acta de nacimiento expedida por la oficina del registro civil mexicano.

El registro de nacimiento no debe ser extemporáneo (ocurrido dentro del primer año de vida), si rebasa la temporalidad, vea el apartado “Documentación complementaria para actas de nacimiento con registro extemporáneo”;

 

4. Acreditar identidad de la persona menor de edad presentando original de alguno de los siguientes documentos oficiales con fotografía, cuyos datos deberán concordar fielmente con los del documento con el que esté acreditando la nacionalidad y filiación de la persona menor de edad:

a. Certificado escolar de educación primaria, secundaria, de bachillerato o su equivalente con fotografía cancelada con el sello oficial de la institución pública o privada incorporada a la Secretaría de Educación Pública;

b. Constancia del grado de estudios que cursa, a partir de la educación de tipo básico (preescolar, primaria y secundaria), la cual deberá contener fotografía del menor cancelada con sello oficial que incluya el número de incorporación, firma y cargo de quien la expide, y que sea otorgada por alguna institución pública o privada incorporada a la Secretaría de Educación Pública. La constancia del grado de estudios deberá hacerse válida dentro de los 90 días naturales a partir de su expedición. No serán aceptadas constancias de maternales ni de guarderías;

c. Credencial escolar vigente, a partir de la educación de tipo básico (preescolar, primaria y secundaria), la cual deberá contener fotografía del menor cancelada con sello oficial que incluya el número de incorporación, firma y cargo de quien la expide, y que sea otorgada por alguna institución pública o privada incorporada a la Secretaría de Educación Pública. En caso de credenciales en formato digital, podrán ser aceptadas aún cuando el sello no cancele la fotografía. No serán aceptadas credenciales de maternales ni de guarderías;

d. Credencial de servicios médicos de una institución pública de salud o seguridad social, con fotografía cancelada con el sello oficial de la institución. En caso de credenciales en formato digital, podrán ser aceptadas todas aún cuando el sello no cancele la fotografía (nota: las cartillas de vacunación y los carnets de cita no se aceptan como documentos oficiales para acreditar identidad);

e. Cédula de Identidad Personal;

f. Certificado de Matrícula Consular de alta seguridad;

g. Credencial Nacional para Personas con discapacidad emitida por el Sistema Integral para la Familia (DIF); y

h. Exclusivamente para las personas menores de 7 años, a falta de cualquiera de las identificaciones mencionadas en los incisos a) a g), podrá entregar constancia del médico familiar o del pediatra en hoja membretada que contenga número de la cédula profesional, nombre del menor y de los padres y tiempo de ser el médico del menor. Deberá contener fotografía del menor con el sello o firma del médico sobre la misma, nombre y firma del médico suscribiente agregando copia simple y legible de su cédula profesional. La carta deberá hacerse válida dentro de los 90 días naturales a partir de su expedición.

 

5. Comparecencia de los padres o quien ejerza patria potestad, presentando original de alguno de los siguientes documentos oficiales vigentes con fotografía y firma del titular, cuyos datos deberán concordar fielmente con los del documento con el que esté acreditando la nacionalidad y filiación de la persona menor de edad:

a. Pasaporte mexicano;

b. Cédula de Identidad Ciudadana expedida por la Secretaría de Gobernación;

c. Certificado de Matrícula Consular de alta seguridad;

d. Carta de naturalización;

e. Certificado de nacionalidad mexicana;

f. Declaratoria de nacionalidad mexicana por nacimiento;

g. Credencial para votar expedida por el Instituto Federal Electoral;

h. Cartilla de Identidad del Servicio Militar Nacional liberada;

i. Cédula Profesional;

j. Título Profesional;

k. Carta de pasante;

l. Credencial expedida por el Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores;

m. Credencial de servicios médicos de una institución pública de salud o seguridad social, con fotografía cancelada con el sello oficial de la institución, firma y cargo de quien la expide. En caso de credenciales en formato digital, podrán ser aceptadas aún cuando el sello no cancele la fotografía;

n. Credencial para jubilados o pensionados, emitida por una institución de seguridad social, con fotografía cancelada con el sello oficial de la institución, firma y cargo de quien la expide. En caso de credenciales en formato digital, podrán ser aceptadas aún cuando el sello no cancele la fotografía; y

o. Credencial Nacional para Personas con discapacidad emitida por el Sistema Integral para la Familia (DIF).

 

6. Comprobante del pago de derechos.

 

INFORMACION QUE USTED DEBE CONOCER

• Con el objeto de agilizar el trámite del pasaporte, de manera extraordinaria se solicita la entrega de dos fotografías tamaño pasaporte, sin lentes, de frente, a color con fondo blanco, cabeza descubierta y tomadas con una anterioridad no mayor a 30 días de la tramitación del pasaporte.  Asi también, la presentación de copias fotostáticas en tamaño carta, en blanco y negro con el anverso (delantero) y reverso (vuelta) en el mismo frente de la hoja.

• Todos los documentos que se entreguen para el trámite de pasaporte, deberán ser legibles y encontrarse en buen estado sin mutilaciones, tachaduras, enmendaduras, deterioro o alteración que impida tener certeza jurídica de su validez.

• Cuando existan inconsistencias o irregularidades en la documentación o información presentadas, la Secretaría de Relaciones Exteriores está facultada para verificar su autenticidad ante la autoridad emisora y podrá requerirle pruebas adicionales que demuestren fehacientemente su nacionalidad e identidad.

• La verificación ante la autoridad emisora está supeditada al tiempo de respuesta de cada autoridad, por lo que la expedición del pasaporte quedará sujeta al tiempo que ocupe este proceso.

 

SUGERENCIAS

• Denuncie a quien le solicite dádivas por el servicio que ofrece la Secretaría de Relaciones Exteriores de manera gratuita, incluida la cita.

• Proteja su seguridad e identidad, haga su trámite sin intermediarios.