PAGO DE DERECHOS 2015

 

1. La tarifa por concepto de pago de derechos de tramite de pasaporte oficial es de $425.00

 

En Ventanilla Bancaria

 

1. Obtenga de forma GRATUITA el formato para el 

2. Llene el formato “Formato para el pago de pasaportes en ventanilla bancaria” en un tanto, por cada solicitud individual de pasaporte con los siguientes datos:

 

Datos de llenado

R.F.C.* a 13 DIGITOS (dato opcional, únicamente si requiere generar comprobante fiscal CDFI’s)

CURP*

Apellido paterno*

Apellido materno*

Nombres*

Vigencia del pasaporte*

Monto a pagar*

 

3.- Efectúe el pago de derechos en la ventanilla de la Institución Bancaria Autorizada de su elección, en donde se le entregará un recibo bancario con sello digital (comprobante del pago de derecho).

 

Vía Internet

 1.- El pago de derechos de pasaporte Vía Internet sólo puede efectuarse en las Instituciones Bancarias Autorizadas por el SAT.

2.-Para poder realizar el pago en cualquiera de las Instituciones Bancarias Autorizadas debe ser cuentahabiente del mismo y contar con los servicios de banca electrónica (Bancanet, Conexión personal, etc).

3.- Como referencia la pantalla de captura para realizar el pago en la página web del banco, se encuentra frecuentemente en "Pago de Impuestos Federales" y está identificado como "Pago de Derechos Productos y Aprovechamientos (DPAS)".

4.- Deberá contar con la Clave de Referencia que en todos los casos es la siguiente:

Clave de Referencia 024000140

5.- Así mismo deberá de señalar la Cadena de Dependencia en función a la vigencia requerida:

Datos de llenado:

CadenaVigencia

 01030020000001

 Vigencia de 1 año.

 01030020000002

Vigencia de 2 años.

 01030020000003

 Vigencia de 3 años.

 

6.- Las personas físicas que opten por efectuar el pago mediante esta vía, deberán realizar una operación bancaria por cada trámite, debiendo obtener un recibo bancario con sello digital a nombre del solicitante del pasaporte.

7.- No se aceptará el pago de derechos por concepto de pasaporte a nombre de personas morales, toda vez que el trámite es únicamente para personas físicas.

8.- Tampoco serán aceptados pagos grupales en virtud de que el trámite de pasaporte es individual e independiente.

9.- Para pagos efectuados a través de los portales de Internet de las Instituciones Bancarias Autorizadas el titular de la cuenta podrá realizar el pago de derechos a favor de un tercero no registrado como cuenta habiente, el cual será el titular del trámite del pasaporte, Para tales efectos, el recibo emitido por la Institución Bancaria deberá especificar el nombre y apellidos del beneficiario del trámite de pasaportes.

10.- El servicio para el pago de pasaporte por Internet es responsabilidad del banco que lo ofrece, no de la Secretaría de Relaciones Exteriores.