PAGO DE DERECHOS A TRAVÉS DE MEDIOS ELECTRÓNICOS

 

AVISO IMPORTANTE

ÚNICAMENTE EN AVISOS EXTEMPORÁNEOS

En cumplimiento a la Sexta Resolución de Modificación a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2006 (publicada en el Diario Oficial de la Federación el 03 de octubre de 2006) se comunica al público usuario lo siguiente:

Que a partir del 17 de noviembre del 2006, sólo se podrá efectuar el pago de derechos por medio del pago electrónico en las instituciones de crédito certificadas para tal fin, o bien, en las ventanillas bancarias presentando la "hoja de ayuda".

Instructivo de llenado hoja de ayuda para el pago en ventanilla bancaria

El llenado de la “Hoja de Ayuda para el pago en ventanilla bancaria” será con letra de molde o con máquina de escribir y debe realizarse de la manera siguiente:

1. REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES: se debe anotar el RFC de la persona que realiza el pago.

2. CLAVE ÚNICA DE REGISTRO DE POBLACIÓN: se debe anotar el CURP de la persona que realiza el pago.

3. APELLIDOS PATERNO, MATERNO Y NOMBRE (S) DE LA O EL SOLICITANTE: se debe anotar el nombre de la persona que realiza el pago.

4.Los espacios sombreados que se refieren al PERIODO Y EJERCICIO no se deben llenar.

5. CLAVE DE REFERENCIA: se debe anotar el número 024000169.

6. CADENA DE LA DEPENDENCIA: se debe anotar el número que corresponde al trámite que se solicita a la Dependencia, de acuerdo a la tabla anexa a la “Hoja de Ayuda para el pago en ventanilla bancaria” , tomando en consideración el lugar donde se prestara el servicio (Distrito Federal o en el interior de la República).

7. CLAVE, DEPENDENCIA: se debe anotar “02” y “Secretaria de Relaciones Exteriores”.

8. IMPORTE: se debe anotar el monto de los derechos por el trámite solicitado, de acuerdo a la tabla anexa a la “Hoja de Ayuda para el pago en ventanilla bancaria”.

9. TOTAL A PAGAR: se debe anotar el monto de los derechos por el trámite solicitado, el cual debe coincidir con el indicado en el “IMPORTE”.

 

Derechos vigentes hasta el 31 de diciembre de 2012.