Requisitos para trámite de documentos de identidad y viaje por primera vez para extranjeros mayores de edad sin posibilidad de obtener un pasaporte por su Representación Diplomática o Consultar
1. Acudir personalmente ante la Dirección General de Delegaciones.
2. Llenar con tinta negra, a mano y con letra de molde la Solicitud para Documento de Identidad y Viaje (OP9) misma que será entregada por parte del personal de la Dirección General de Delegaciones.
3. Presentar en original tarjeta expedida por el Instituto Nacional de Migración (documento que acredita el requisito del permiso para salir del país).
4. Para acreditar la imposibilidad de que su representante diplomático o consular del extranjero pueda otorgarle pasaporte, podrá presentar uno de los siguientes documentos:
a) Oficio expedido por la Coordinación General de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados de la Secretaría de Gobernación;
b) Tarjeta expedida por el Instituto Nacional de Migración que acredite que el extranjero cuenta con el reconocimiento de la condición de refugiado;
c) De ser posible, oficio de negación de la representación diplomática o consular del extranjero, o
d) Escrito bajo protesta de decir verdad por parte del extranjero en el que explique de manera detallada la causa por la cual su representante diplomático o consular no puede otorgarle pasaporte, anexando la documentación que pruebe tales hechos.
5. Entregar dos fotografías tamaño pasaporte sin lentes, cabeza descubierta, de frente, a color con fondo blanco y que haya sido tomada hasta 30 días antes de presentar la solicitud de expedición del documento de identidad y viaje.
6. Entregar el Comprobante de pago de derechos en original y copia tamaño carta, legible en blanco/negro y, en su caso, será aceptada con el anverso (delantero) y reverso (vuelta) en el mismo frente de la hoja. (Ver costos y vigencias)Efectuar el pago de derechos con el formato “Hoja de Ayuda” en cualquier sucursal bancaria. Entregar el original del pago al momento de realizar su trámite.
INFORMACION QUE USTED DEBE CONOCER
La Dirección General de Delegaciones podrá allegarse de elementos adicionales que a su juicio contribuyan a comprobar los supuestos de otorgamiento del documento de identidad y viaje que señala el marco legal.