Permisos otorgados para Prestar Servicios a un Gobierno Extranjero
De conformidad con lo establecido en la Fracción II, Apartado C), del Artículo 37 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Dirección General de Protocolo de la Secretaría de Relaciones Exteriores del Poder Ejecutivo Federal ha expedido los siguientes permisos para prestar servicios oficiales a un gobierno extranjero: